DECRETO 160/2014, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la segunda revisión del Plan General para el Equipamiento Comercial de Aragón y el texto resultante del mismo.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

El artículo 71.25.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón, reformado por la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, atribuyen a la Comunidad Autónoma de Aragón, las competencias exclusivas en materia de comercio. La competencia en materia de comercio comprende la regulación de la actividad comercial, incluidos los horarios y equipamientos comerciales, respetando la unidad de mercado, así como la regulación administrativa de las diferentes modalidades de venta, con especial atención a la promoción, desarrollo y modernización del sector. Ferias y mercados interiores.

Por otra parte el artículo 79 del Estatuto dispone que en las materias de su competencia, corresponde a la Comunidad Autónoma el ejercicio de la actividad de fomento.

La citada competencia del artículo 71.25.ª se atribuye en la actualidad al Departamento de Industria e Innovación en virtud de lo dispuesto en el Decreto 27/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba su estructura orgánica.

La competencia en materia de comercio ya se recogía en el anterior texto del Estatuto de Autonomía, y es al amparo del artículo 35 del mismo que se dictó la Ley 9/1989, de 5 de octubre, de ordenación de la actividad comercial. En esta norma se establece la necesidad de elaborar por parte del Gobierno de Aragón una planificación estratégica de la política comercial en aspectos tan importantes como las acciones de fomento y dinamización del sector comercial, tanto en el ámbito de las pequeñas y medianas empresas, como en el caso de la ordenación de las grandes superficies comerciales y, por ello, se dispone que el Plan General para el Equipamiento Comercial de Aragón tiene como objetivo establecer las directrices para adecuar el equipamiento comercial a las necesidades de consumo y compra de los residentes en los distintos municipios y comarcas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Al amparo de lo anterior se elaboró, a propuesta del entonces Departamento de Industria, Comercio y Turismo, el Plan General de Equipamiento Comercial aprobado por el Decreto 112/2001, de 22 de mayo, del Gobierno de Aragón.

Posteriormente mediante el Decreto 171/2005, de 6 de septiembre, del Gobierno de Aragón, se aprobó la primera revisión del Plan General para el Equipamiento Comercial de Aragón, que refuerza la estrategia específica en materia de comercio del Gobierno de Aragón. La vigencia del Plan es indefinida sin perjuicio de permitir su revisión en todos aquellos supuestos en los que la variación de las circunstancias que se apreciaron o tuvieron en cuenta para su elaboración lo hagan preciso.

Desde la aprobación de la primera revisión del Plan General para el Equipamiento Comercial de Aragón, las circunstancias sociales y económicas han variado sustancialmente, a lo que hay que unir la propia evolución en los hábitos de compra y modelos comerciales, lo cual evidencia la necesidad de realizar una segunda revisión del Plan acorde con la nueva situación actual.

Además de los cambios en la coyuntura económica, en el proceso de revisión de este Plan también es necesario incorporar algunas modificaciones normativas que se han producido desde el año 2005.

En primer lugar, una de las modificaciones normativas más importante desde la entrada en vigor de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ha sido la aprobación de su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Mediante Orden de 20 de febrero de 2012, se aprueba el Plan estratégico de Subvenciones 2012-2015 del Departamento de Industria e Innovación, según se regula en el artículo 10 y siguientes del Reglamento de desarrollo de la Ley 38/2003. El Plan General para el Equipamiento Comercial de Aragón complementa el Plan estratégico de subvenciones ya aprobado.

Por otra parte, el proceso de transposición de la Directiva de Servicios ha implicado la modificación de la citada Ley 9/1989, que se realizó mediante el Decreto-Ley 1/2010, de 27 de abril, del Gobierno de Aragón, de modificación de diversas leyes de la Comunidad Autónoma de Aragón para la transposición de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.

Por último, en el actual contexto económico el Estado procedió a la aprobación del Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, que incluye una serie de medidas que han supuesto la modificación de la Ley estatal 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales y de la Ley estatal 7/1996, de 15 de enero, de comercio minorista. Por consiguiente, las modificaciones de ambas normas ha supuesto el cambio de una parte del marco jurídico que debe ser respetado por la legislación autonómica, que se materializó a través del Decreto-Ley 1/2013, de 9 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se modifican la Ley 9/1989, de 5 de octubre, de ordenación de la actividad comercial, y la Ley 7/2005, de 4 de octubre, de horarios comerciales y apertura de festivos.

Una vez que se ha modificado la legislación que determina las bases para el desarrollo del Plan General para el Equipamiento Comercial de Aragón es el momento oportuno para realizar su revisión, tanto en los aspectos relativos a la ordenación como en los correspondientes a la acción de fomento de la actividad comercial.

Finalmente, como paso previo a la elaboración de una nueva estrategia, se ha realizado una evaluación de las acciones y programas del periodo 2005-2012, como punto de partida de las nuevas líneas de trabajo y como herramienta de ajuste para los programas de actuación que se mantienen.

En último lugar la elaboración de la Estrategia Aragonesa de Competitividad y Crecimiento también influye en la necesidad de efectuar una revisión de este Plan. Así la citada Estrategia recoge cuatro planos fundamentales de carácter transversal que permiten planificar la acción de la política económica de la Comunidad Autónoma de Aragón. Estos cuatro planos son la Competitividad, la Internacionalización, la Financiación, y el Diálogo Social y Coordinación Institucional. Dentro del plano de la competitividad, el sector comercial adquiere una relevancia fundamental en el contenido de la Estrategia ya que, al ser el último eslabón de la cadena de valor, permitirá verificar, la correcta ejecución de la misma, siendo el Plan General para el Equipamiento Comercial de Aragón, la directriz adecuada para construir la línea estratégica en materia de política comercial del Gobierno de Aragón.

Por Orden de 1 de octubre de 2013, del Consejero de Industria e Innovación, se acordó el otorgamiento del trámite de audiencia y de información pública en el procedimiento de elaboración de este Decreto.

Así mediante Resolución de 9 de enero de 2014, del Director General de Comercio y Artesanía, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 25 de 5 de febrero de 2014, se somete al trámite de información pública el Decreto por el que se aprueba la segunda revisión del Plan General para el Equipamiento Comercial de Aragón, y el texto resultante del mismo.

Por otro lado, desde la Dirección General de Comercio y Artesanía se procedió a dar audiencia del mismo, a distintas organizaciones empresariales, sindicatos, asociaciones de comercio y otras entidades representativas de intereses del sector comercial.

De los trámites de audiencia e información pública se presentaron diversas alegaciones que han sido estudiadas y consideradas para llevar a cabo la elaboración del Plan aprobado en este Decreto.

Asimismo, en esta segunda revisión del Plan General de Equipamiento de Comercial de Aragón ha participado el Observatorio Aragonés del Comercio como órgano de consulta y participación en materia de la actividad comercial, que en su reunión de 28 de abril de 2014 lo informó favorablemente.

Así, para la aprobación de este Decreto se han respetado los trámites exigidos por el ordenamiento jurídico.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Industria e Innovación, oído el informe de la Dirección General de Servicios Jurídicos, y de acuerdo al Dictamen del Consejo Consultivo de Aragón, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión de 6 de octubre de 2014,

dispongo:

Artículo único Aprobación de la segunda revisión del Plan General para el Equipamiento Comercial de Aragón.

Se aprueba la segunda revisión del Plan General para el Equipamiento Comercial de Aragón, y su texto resultante que se inserta a continuación.

Disposiciones Finales
Disposición final primera Habilitación de Desarrollo.

Se autoriza al titular del Departamento competente en materia de comercio para dictar las normas necesarias para la aplicación y desarrollo de este Decreto.

Disposición final segunda Vigencia del Plan.

El Plan General para el Equipamiento Comercial de Aragón tendrá vigencia indefinida sin perjuicio de su revisión cuando el seguimiento del mismo lo requiera.

Disposición final tercera Entrada en vigor.

Este Decreto y el Plan que se revisa entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 6 de octubre de 2014.

La Presidenta del Gobierno de Aragón

LUISA FERNANDA RUDI ÚBEDA

El Consejero de Industria e Innovación

ARTURO ALIAGA LÓPEZ

PLAN GENERAL PARA EL EQUIPAMIENTO COMERCIAL DE ARAGON

CAPITULO I Disposiciones generales Artículos 1 y 2
Artículo 1 Objeto.
  1. El Plan General para el Equipamiento Comercial de Aragón, en adelante PGECA, tiene por objeto establecer el marco de actuación del Gobierno de Aragón en materia de promoción y dinamización del sector del comercio minorista...

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