RESOLUCIÓN de 7 de abril de 2014, de la Dirección de la Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón, por la que se certifica la participación de centros de educación secundaria en el desarrollo de las prácticas del Máster Universitario en profesorado de educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional y enseñanzas de idiomas, artísticas y deportivas y del curso de formación pedagógica y didáctica dirigido a los profesores técnicos de formación profesional y enseñanzas deportivas.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyResolución

Según el artículo 85 de la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón, la Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón (ACPUA) tiene, entre otras funciones principales, la de evaluar, certificar y acreditar "las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional". El artículo 27.1 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas oficiales, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, habilita por su parte a la Agencia para llevar a cabo el seguimiento de las nuevas titulaciones adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior, lo que incluye el buen desarrollo de las prácticas ofrecidas en sus planes de estudios.

A su vez, el artículo 9 del Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria, exige estar en posesión del título oficial de máster para ejercer esta docencia. El correspondiente Máster Universitario de profesorado ha de incluir necesariamente un Practicum, el cual, en virtud de la Orden ECI/3858/2007, de 27 de diciembre de 2007, ha de realizarse en instituciones educativas reconocidas oficialmente como centros de prácticas.

Para el cumplimiento de esta normativa, el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón firmó el 19 de junio de 2012, entre otros, el correspondiente convenio de colaboración con la Universidad de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón", de 19 de septiembre de 2012) para el desarrollo de las prácticas de los estudiantes del mencionado Máster Universitario en profesorado y de los estudiantes del curso de formación pedagógica y didáctica para los profesores técnicos de formación profesional y enseñanzas deportivas de la Universidad de Zaragoza, en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón. En la cláusula decimotercera de este convenio, consagrada al reconocimiento de los centros educativos de prácticas, se establece que la ACPUA certificará la correcta participación en el Practicum durante dos años, sean o no consecutivos, de dichos centros previa revisión de las evidencias existentes en el...

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