RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se adopta la decisión de no someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto de construcción de una explotación porcina de cebo, en el término municipal de Leciñena (Zaragoza), promovido por David Montesa Escanero (Número Expte. INAGA 500301/01/2013/12692).

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyResolución

Tipo de procedimiento: Estudio caso por caso, para determinar si el proyecto debe someterse a evaluación de impacto ambiental (Ley 7/2006, de 22 de junio, de proteccion ambiental de Aragón, artículo 24.2. proyecto incluido en el anexo III, grupo 9 del Decreto 74/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se modifican los anexos de la Ley 7/2006, de 22 de junio).

Promotor: David Montesa Escanero.

Proyecto: Construcción de explotación porcina de cebo para 1.999 plazas, en el término municipal de Leciñena (Zaragoza).

Descripción básica del proyecto presentado.

Construcción de dos naves iguales para cebo de dimensiones 60 x 14,70 m cada una; un almacén de 6 x 14,7 m, dentro del cual se instala oficinas y vestuario; un lazareto para observación y secuestro de animales; un depósito de almacenamiento de agua de 100 m³; una balsa de purín de 35 x 15 x 3 m, con capacidad para 1.152 m³; una fosa de cadáveres de 8 m³ de capacidad; un vado de desinfección de 8 x 3 m de hormigón y sistema a presión para desinfección de vehículos, y vallado perimetral de la explotación con malla simple de torsión galvanizada de 2 m de altura.

El proyecto prevé el suministro de energía eléctrica mediante un grupo electrógeno que abastecerá tanto el alumbrado (fluorescentes) como la fuerza (motores, termo de agua caliente).

El abastecimiento de agua provendrá de la red municipal. Se prevé un consumo de 7.044,5 m³/año, de los que 5.112,9 m³ se destinan para bebida de animales y 1.931,6 m³ para limpieza de instalaciones.

Los purines derivados de la explotación se gestionarán mediante aplicación sobre parcelas de cultivo, aportándose una base agraria de 100,31 ha.

Documentación presentada.

- Documento ambiental (artículo 26 de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón). Fecha de entrada en registro INAGA: 20 de diciembre de 2013.

- Requerimiento: 9 de enero de 2014.

- Documentación complementaria: 16 de enero de 2014.

Proceso de consultas para la adopción de la resolución.

Administraciones, instituciones y personas consultadas.

- Ayuntamiento de Leciñena.

- Comarca de los Monegros.

- Confederación Hidrográfica del Ebro

- Dirección General de Desarrollo Rural.

- Dirección General de Patrimonio Cultural.

- Dirección General de Ordenación del Territorio.

- Dirección General de Carreteras.

- Asociación Naturalista de Aragón-ANSAR.

- Ecologistas en Acción-Ecofontaneros.

- Fundación Ecología y Desarrollo.

- Sociedad Española de Ornitología (SEO/Birdlife).

- Anuncio en "Boletín Oficial de Aragón", número 24, de 4 de febrero de 2014, para identificar posibles afectados.

Respuestas recibidas.

- Ayuntamiento de Leciñena: Indica que los terrenos sobre los que se sitúa la actuación están afectados por figuras de protección mediambiental de la Red Natura 2000. Se hace constar, asimismo, que se encuentra en tramitación una revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Leciñena, que se prevé la prohibición de estas explotaciones en espacios con tal protección ambiental. Por cuanto refiere a la sostenibilidad social del proyecto, se formula un pronunciamiento positivo siempre que se adopten las medidas medioambientales pertinentes, constituyendo la actividad agropecuaria una parte importante de las actividades económicas que se desarrollan en el municipio.

- Comarca de los Monegros: De idéntica forma a lo expresado en la respuesta municipal, se indica que los terrenos sobre los que se sitúa la actuación están afectados por figuras de protección mediambiental de la Red Natura 2000. Se hace constar, asimismo, que se encuentra en tramitación una revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Leciñena, que se prevé la prohibición de estas explotaciones en espacios con tal protección ambiental. Por cuanto refiere a la sostenibilidad social del proyecto, se formula un pronunciamiento positivo siempre que se adopten las medidas medioambientales pertinentes, constituyendo la actividad agropecuaria una parte importante de las actividades económicas que se desarrollan en el municipio.

- Confederación Hidrográfica del Ebro: Indica que analizada la documentación aportada, los efectos previsibles del proyecto, junto con las medidas preventivas y correctoras y programa de vigilancia...

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