ORDEN de 2 de abril de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se convocan ayudas para proyectos culturales municipales en el marco del programa Red Aragonesa de Espacios Escénicos para el año 2014.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón establece en su apartado 71. 43.ª que la cultura es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma.

El Decreto 336/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, señala, dentro de las competencias generales del Departamento, que le corresponde la promoción, fomento y difusión de las artes y la cultura aragonesa en todas y cada una de las manifestaciones, teniendo la Dirección General de Cultura las de programación, ejecución, seguimiento y análisis de resultados de las competencias del Departamento en materia cultural y las actuaciones que de forma directa o indirecta contribuyen a la conservación, difusión y promoción de la cultura.

Con el objetivo de impulsar la creación de empleo, la mejora de la competitividad y la dinamización de la economía aragonesa, el Gobierno de Aragón ha elaborado la "Estrategia Aragonesa de Competitividad y Crecimiento", cuya implementación durante este año 2014, se realizará en aplicación de lo dispuesto en el título séptimo de la Ley 1/2014, de 23 de enero, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2014.

La difusión de la cultura y el acceso de los ciudadanos aragoneses a su disfrute es uno de los objetivos del Departamento, por lo que a través de la Dirección General de Cultura se han potenciado programas de cooperación para favorecer la actividad cultural en los municipios aragoneses.

El programa Red Aragonesa de Espacios Escénicos, se conforma como un esfuerzo de cooperación interinstitucional entre el Gobierno de Aragón, las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos que participen en ella para promover la actividad cultural de los espacios escénicos de titularidad pública, favoreciendo la programación de escena y música con criterios de calidad. Se trata de un programa de acción cultural, siendo por tanto de igual importancia tanto el apoyo económico ofrecido como el modelo de trabajo (cooperación en red) y sus objetivos derivados: apoyo a los creadores y artistas, especialmente a los aragoneses, racionalización de recursos y abaratamiento de costes.

La colaboración entre las diversas Instituciones partícipes en el programa Red Aragonesa de Espacios Escénicos viene sustanciándose en el convenio suscrito entre el Gobierno de Aragón y las Diputaciones Provinciales de Huesca, Teruel y Zaragoza, el 18 de mayo de 2012, para la organización y realización del programa " Red Aragonesa de Espacios Escénicos", en el que se acuerdan igualmente los objetivos, destinatarios y características generales de la participación en dicha Red.

En cumplimiento de las obligaciones comprometidas por el Gobierno de Aragón en dicho convenio, se publica esta orden que da cauce de participación a los municipios destinatarios del programa antecitado. Dicha actuación está además contemplada en el Plan Estratégico de Subvenciones elaborado por el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 21 de febrero de 2012.

El Decreto 38/2006, de 7 de febrero, del Gobierno de Aragón, de Bases Reguladoras para concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón, "Boletín Oficial de Aragón", número 20, de 17 de febrero de 2006, regula los procedimientos para atender subvenciones destinadas a las Entidades Locales de Aragón con cargo a partidas del Fondo Local de Aragón, a cuyo contenido se ajusta la presente orden.

Al amparo de dichas competencias y de acuerdo con la planificación de los objetivos perseguidos por el Departamento, conforme a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, mediante orden del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte se convocan las presentes ayudas.

En su virtud, dispongo:

Primero.- Objeto de la convocatoria.

  1. La Red Aragonesa de Espacios Escénicos (a partir de ahora, RAEE) es un programa cultural concertado mediante convenio de Colaboración participado por el Gobierno de Aragón, las Diputaciones Provinciales de Huesca, Teruel y Zaragoza con el objeto de desarrollar en el conjunto del territorio aragonés cauces de acceso a la cultura de sus ciudadanos y por ello, de integración del territorio. Tiene como finalidad facilitar la ejecución de proyectos culturales en los espacios escénicos de los municipios aragoneses, a través de una oferta de grupos y compañías para la realización de actuaciones de música, teatro, danza y el desenvolvimiento de programas de creación artística.

  2. El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas, comprometidas por el Gobierno de Aragón, para atender los proyectos culturales que los ayuntamientos aragoneses quieran desarrollar cooperativamente en el marco que establece el programa RAEE durante el año 2014.

    Segundo.- Beneficiarios.

  3. Pueden ser beneficiarios de estas subvenciones los ayuntamientos aragoneses de más de 3.000 habitantes o cabeceras de comarca que sean propietarios, arrendatarios o dispongan por cualquier otro título jurídico de un espacio escénico con las siguientes características:

    - Ser un equipamiento cuyo destino específico es la celebración de actividades culturales.

    - Disponer de un aforo mínimo de 200 butacas.

    - Disponer de un escenario con un mínimo de 8 metros de boca y 5 metros de fondo.

    - Disponer de cámara negra.

    - Almacén para materiales.

    - Cabina con equipamiento, o espacio suficiente en zona de butacas para la colocación de las mesas de luz, sonido, proyección, etc.

    - Contar con camerinos dotados de mesas, sillas y espejos con luz para maquillaje.

    - Contar con un responsable de referencia del Espacio para atender a las compañías.

  4. La estimación del dato de población de cada municipio será el oficialmente establecido por el último padrón oficial, publicado por el Instituto Nacional de Estadística a fecha del último día de presentación de solicitudes.

    Tercero.- Requisitos de participación en el programa RAEE.

    Los ayuntamientos participantes deberán presentar el plan general de su actuación en el marco RAEE y los proyectos específicos que lo constituyen durante el periodo que contempla esta convocatoria, cumplimentando los ítems solicitados en el anexo I de esta orden, ajustado a los siguientes compromisos:

    1. Generales:

  5. Realizar una programación para los espacios escénicos aportados, con un mínimo de 8 actuaciones, aun cuando podrá justificarse la inclusión en dicha programación de espectáculos de calle hasta un máximo del 20 % del gasto total de todos los espectáculos programados.

  6. Comprometer un presupuesto mínimo de 30.000. € en su plan de actuación para la contratación de actividades escénicas y musicales de programación en RAEE.

  7. Nombrar un responsable técnico que participará en los diferentes órganos de trabajo de la RAEE.

  8. ...

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