RESOLUCIÓN de 24 de marzo de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se decide no someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto para la ampliación de la superficie de regadío en distintas parcelas rústicas del término municipal de Mequinenza (Zaragoza), promovido por SAT Produccions Agràries de Camp (Número de Expendiente INAGA 500201/01B/2013/11495).

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyResolución

Tipo de procedimiento: Estudio caso por caso, para determinar si el proyecto debe someterse a evaluación de impacto ambiental (Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, artículo 24.2. Proyecto incluido en el anexo III, grupo 1.5).

Promotor: SAT Produccions Agràries de Camp (SAT PAC).

Proyecto: Proyecto de ampliación de la zona de riego con implantación de un cultivo de frutal en distintas parcelas rústicas del término municipal de Mequinenza (Zaragoza). El proyecto incluye la roturación de una serie de recintos, linderos o ribazos de naturaleza forestal en el interior o en el entorno de la zona de riego, tanto de la que se encuentra en explotación como de la ampliación proyectada.

Descripción básica del proyecto presentado.

El promotor del presente proyecto ha adquirido distintas parcelas de los polígonos 1 y 25 del catastro de rústica de Mequinenza (Zaragoza). Alguno de estos terrenos cuenta con dotación de riego mediante concesión administrativa para el aprovechamiento de aguas superficiales del embalse de Mequinenza, en la margen derecha del río Ebro. El título concesional se encuentra en el registro de aguas a nombre del anterior cultivador y da servicio a una superficie de regadío 102,65 ha. En consecuencia, es necesario segregar la parte de la concesión correspondiente a las parcelas adquiridas. El resto de las parcelas compradas son de secano y se pretenden transformar a regadío. Al mismo tiempo, se proyecta la roturación de una serie de linderos, ribazos y recintos que se encuentran tanto en el interior de las parcelas como en las proximidades de su perímetro exterior. En todas estas parcelas, se proyecta una plantación de frutales y la instalación de un sistema de riego por goteo. Para todo ello, el promotor ha solicitado a la Confederación Hidrográfica del Ebro la segregación de fincas del primitivo título concesional, el cambio de titularidad de la concesión de aguas de las fincas de regadío adquiridas y la ampliación de la superficie de riego y del volumen de agua concedido (Expte. CHE 2013-T-79). En resumen el proyecto supone:

- Consolidar unas 19 ha de terrenos con dotación de regadío mediante la plantación de frutales de hueso -albaricoque, melocotón, nectarina y paraguayo- y adecuación de las instalaciones de riego.

- Transformar en regadío 32,78 ha que actualmente son de cultivo de secano, con destino a frutal.

- La roturación para plantación de frutales y puesta en riego de 5,08 ha de terrenos forestales.

El consumo anual máximo de agua solicitado es 6.772 m³/ha, lo que supone un caudal continuo ficticio de 0,7 l/s/ha.

Se aprovechará una de las tomas autorizadas en el título concesional previo, la situada en la margen derecha del barranco Valmayor (embalse de Mequinenza). La tubería de impulsión se llevará por la traza de la existente, salvo un tramo de unos 550 m que se desvía del trazado actual.

Se ampliará la capacidad de regulación de la balsa existente para permitir la retención de unos 3.000 m³, lo que supone una ocupación total de suelo de 1 ha.

Documento ambiental: Fecha de presentación: 13 de noviembre de 2013.

Administraciones, instituciones y personas consultadas.

Ayuntamiento de Mequinenza.

Comarca del Bajo Cinca.

Confederación Hidrográfica del Ebro.

Dirección General de Patrimonio Cultural.

Dirección General de Desarrollo Rural.

Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Zaragoza.

Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Huesca.

Sociedad Española de Ornitología (SEO/Birdlife).

Asociación Naturalista de Aragón (ANSAR).

Ecologistas en Acción-Ecofontaneros.

Fundación Ecología y Desarrollo.

Anuncio en "Boletín Oficial de Aragón", número 254, de 30 de diciembre de 2013, para identificar posibles afectados.

Respuestas recibidas. Se pronuncian:

- Confederación Hidrográfica del Ebro. Tras realizar una descripción del proyecto y de su incidencia en el medio, de acuerdo con el contenido del documento ambiental, señala los antecedentes administrativos que afectan a la actuación: las inscripciones en el Registro de Aguas de concesiones administrativas previas que afectan a distintas parcelas de riego y a desdoblamiento de la toma (relacionadas con los expedientes 1983-A-92, 2000-T-50 y 2005-A-12) y la tramitación que se está llevando a cabo dentro del procedimiento de segregación y ampliación de la superficie de riego (referencia del Expte. 2013-T-79). Concluye que el proyecto es compatible con el sistema hídrico, siempre que se garantice que no se produzcan alteraciones significativas del la dinámica hidrológica de la zona y que se atenga a lo que determine la resolución del Expte. de referencia 2013-T-79.

Ubicación del proyecto.

Sin unas referencias claras en lo que respecta a las parcelas y subparcelas catastrales y recintos SIGPAC, consecuencia de las modificaciones y desconfiguración del parcelario causado por el avance del regadío, el proyecto afecta a:

- Superficie de regadío actual.

Parcela 1247, del polígono 1. La cabida de la parcela es de 19,0281 ha. De acuerdo con el catastro más reciente, 16,9158 ha corresponden a frutal de regadío (subparcelas a, d, e y j); 1,0095 ha de labor de secano (subparcela f); y 1,1028 ha de matorral (subparcelas b, c, g, h, i y k). El SIGPAC actual reconoce hasta 22 recintos diferentes, con 1,4 ha que se corresponden con distintos recintos de pasto arbustivo o pasto con arbolado. El resto es fundamentalmente tierra agrícola sin identificar superficie de regadío y apenas superficie de cultivo leñoso (de acuerdo con el documento ambiental se ha producido un arranque de frutales al agotar el turno productivo). De acuerdo con el documento ambiental, buena parte de esta parcela es actualmente de regadío. La parcela aparente presenta una ligera ampliación de superficie de riego por incorporación, sin discontinuidad apreciable, de parte de las parcelas 2035 y 1266, del polígono 1. La ampliación del proyecto, en lo que respecta a esta parcela, supone la transformación en regadío de una superficie indiferencia tanto en catastro (parte de la subparcela a) y del SIGPAC (parte del recinto 10) de 0,26 ha; la transformación en regadío de la subparcela f; y la roturación y transformación en regadío de las superficie correspondiente a la subparcela k. Además, se solicita la roturación de unos 1.500 m² de pasto arbolado de la subparcela 1277 a, correspondiente a una pequeña lengua que se adentra en la parcela 1247.

Parcela 1516, del polígono 1. La cabida de la parcela es de 2,6040 ha. De acuerdo con el catastro más reciente, 2,3942 ha corresponden a frutal de regadío (subparcela a); y el resto con matorral e improductivo -balsa de riego- (subparcelas b y c); y...

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