ORDEN de 18 de marzo de 2014, del Consejero de Hacienda y Administración Pública, por el que se da publicidad al Acuerdo de 4 de marzo de 2014, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Plan Anual de Inspección de Servicios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2014.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Adoptado por el Gobierno de Aragón el día 4 de marzo de 2014 "Acuerdo por el que se aprueba el Plan Anual de Inspección de Servicios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2014", se procede a su publicación en anexo a la presente orden

Zaragoza, 18 de marzo de 2014.

El Consejero de Hacienda y Administración Pública,

JOSÉ LUIS SAZ CASADO

ANEXO

ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN ANUAL DE INSPECCIÓN DE SERVICIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN PARA EL AÑO 2014

El artículo 24 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto-Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, establece que los Consejeros que estén al frente de los Departamentos competentes en las materias de organización administrativa, hacienda y función pública podrán proponer o dictar, en su caso y dentro de su respectivo ámbito de responsabilidad, normas y directrices sobre organización administrativa, procedimiento, inspección de servicios y régimen jurídico y retributivo de la función pública, que serán de aplicación general a todos los Departamentos. Además, el artículo 48.1 del mismo texto normativo, establece que los órganos administrativos y los organismos públicos se someterán periódicamente a controles, auditorías o inspecciones para evaluar su eficacia en el cumplimiento de los objetivos que les hayan sido asignados, así como su eficiencia en la utilización de los recursos disponibles.

Por su parte, el Decreto 320/2011, de 27 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Pública, en su artículo 1 n) atribuye al Departamento la inspección general sobre el personal, la organización y el funcionamiento de los servicios administrativos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y los Organismos Autónomos dependientes de la misma, sin perjuicio de las competencias de los titulares de cada Departamento en materia de dirección e inspección, de acuerdo con la legislación vigente, estableciendo en su artículo 23.3, que la Inspección General de Servicios elaborará un Plan Anual de Inspección de Servicios que someterá al Gobierno de Aragón para su aprobación.

El Plan Anual de Inspección de Servicios constituye el instrumento de planificación de la actividad de la Inspección General de Servicios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, mediante la fijación de objetivos y la delimitación de actuaciones susceptibles de evaluación, proporcionando a la organización conocimiento sobre sus áreas de mejora e información significativa para la toma de decisiones.

Se pretende orientar la función inspectora a un modelo proactivo de mejora en la actuación administrativa y provecho público de la actividad de la Administración de la Comunidad Autónoma y de acercamiento a la ciudadanía así como de garantía del cumplimiento de la normativa vigente. Ahora bien, para abordar con mayor eficacia la función inspectora, será de suma importancia la colaboración de los distintos departamentos, unidades u organismos, en orden a la mejora y perfeccionamiento de los sistemas de gestión, metodologías y herramientas, así como a la optimización de los recursos disponibles.

Las actuaciones de la Inspección...

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